Sí y No. Algunas disposiciones legales o reglamentarias pueden prescribir un modo de firma específico (por ejemplo, uso de un certificado cualificado o reconocido, etc.). Aparte de estos requisitos, la elección del modo de firma es discrecional. La decisión de utilizar un modo de firma sobre otro debe conciliar los riesgos legales con la complejidad de la firma.